Lo que realmente exige la Resolución 1843 de 2025 ¿Perfil de cargo o profesiograma?
- Superbien IPS
- 3 oct
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 7 oct
Iniciemos con el alcance de la Resolución 1843 del 2025, esta aplica a empleadores, empresas públicas o privadas, contratantes, contratistas, trabajadores dependientes o independientes, a las entidades administradoras de riesgos laborales (ARL); Y a las personas naturales o jurídicas prestadoras o proveedoras de servicios de medicina, seguridad y salud en el trabajo en Colombia.

¡Aclaremos!
Con la entrada en vigor de la Resolución 1843, y con esta, el requisito de ampliar la información contenida en los perfiles de cargo, todos, nos estamos preguntando, ¿y el profesiograma que?, ¿Es lo mismo?, ¿este desaparece?, ¿ya no lo uso?, ¿lo reemplazo?
¡Aquí te ayudamos aclarar el tema!
Empecemos por conocer que es cada uno.
¿Qué es el profesiograma?
El profesiograma es una herramienta técnica utilizada dentro del SG-SST y en las áreas de Talento Humano, para favorecer procesos de selección, contratación y desarrollo del personal permitiendo identificar los exámenes a realizar de acuerdo con los riesgos asociados a cada puesto de trabajo y su periodicidad, además de, contribuir a que las personas sean ubicadas en roles donde sus habilidades y capacidades se ajusten al requerimiento del puesto, promoviendo la eficiencia y el bienestar laboral.
¿Qué es el Perfil de Cargo?
El perfil de Cargo es una herramienta que describe las características, competencias, experiencia y formación necesaria para que un colaborador ocupe un puesto específico en una empresa, alineando al candidato ideal con las necesidades del puesto y los objetivos de esta. Sin embargo, la Res. 1843 amplia este concepto así, el perfil de cargo es “Un documento que describe las funciones, responsabilidades, habilidades, competencias y requisitos físicos, mentales y técnicos que debe cumplir una persona para desempeñar un cargo, también contempla los riesgos laborales asociados a las tareas asignadas, así como las medidas preventivas necesarias para garantizar la salud y seguridad del trabajador, este perfil es fundamental para orientar las evaluaciones médicas ocupacionales”.
Ahora, teniendo claro que es un profesiograma y que es un perfil de cargo, vamos a concluir que nos dice la Resolución 1843/2025.
Es impreciso mencionar que, la Res. 1843/2025 elimina la herramienta del Profesiograma, toda vez que ninguna resolución o norma anterior la menciona o exige, esta es una herramienta que se adoptó dentro de los SG-SST para dar cumplimiento al Art 13 de la Derogada 2346 del 2007 y que presuntamente puede dar cumplimiento al Art 28 “Evaluaciones medicas especificas según factor de riesgo” y Art 15 “Periodicidad de las evaluaciones medicas ocupacionales” de la Res. 1843 del 2025.
Es correcto precisar que, La Resolución 1843/2025 exige la entrega de un perfil de cargo al prestador o proveedor de Servicios de medicina, seguridad y salud en el trabajo, a fin de utilizarse como herramienta para la realización de las evaluaciones medicas ocupacionales. Esto, quiere decir que, si, existe un cambio en los perfiles de cargo que se venían manejando desde el área de Talento Humano, adicionando lo exigido en la Res. 1843 del 2025. Y que aparte de ello, se debe tener registro de la información enviada a Superbien como soporte y parte integral del SG-SST.
¡Ojo! No solo debo entregar a Superbien el perfil de cargo, existen otros soportes de los que hablaremos en otro artículo.
¿Quiénes pueden construir este nuevo Perfil de Cargo?
La Resolución 1843, no especifica que deba ser construido por un profesional en específico, sin embargo, te recomendamos que este pueda ser construido en conjunto con áreas específicas de la empresa como son Talento Humano, SST, Medico Laboral y/o Lideres de Procesos, además, de tener en cuenta herramientas del SG-SST como el profesiograma, la matriz de identificación de riesgos y peligros, indicadores epidemiológicos, informes de condiciones de salud, baterías de riesgo psicosocial, estudios técnicos como los de ruido, iluminación, etc; Esto te dará una visión más amplia y acertada frente a la información que deben contener los perfiles de cargo.
¿Y ahora?
¿Profesiograma o Perfil de Cargo? o ¿Puedo tener los dos?
Es importante, que ustedes como empresa lo puedan definir en sus SG-SST, la Res. 1843 del 2025 me exige tener y ajustar los Perfiles del Cargo, quiere decir que este no es opcional, el profesiograma no es exigible por ninguna norma o resolución, quiere decir que este si es opcional.
Que se puede hacer;
Opción 1: Construir un único documento “perfil de cargo” que contenga: Descripción de las funciones, responsabilidades, habilidades, competencias y requisitos físicos, mentales y técnicos que debe cumplir una persona para desempeñar un cargo, los riesgos laborales asociados a las tareas asignadas y las medidas preventivas necesarias para contrarrestar estos riesgos, adicional, definir los exámenes medicos ocupacionales, paraclínicos, pruebas complementarias, laboratorios, etc; De acuerdo con los factores de riesgo o exposición del cargo, además de, la periodicidad de estos, la cual debe soportarse técnicamente.
Opción 2: Construir dos documentos, uno de ellos es el “profesiograma” que es el que se viene manejando, enfocado netamente a la definición de los exámenes medicos ocupacionales, paraclínicos, pruebas complementarias, laboratorios, etc; De acuerdo con los factores de riesgo o exposición del cargo además de, la periodicidad de estos, la cual debe soportarse técnicamente, (En la Res. 1843 no se indica que esta información deba estar contenida en el “Perfil de cargo”), quiere decir que puedo darle cumplimiento en la herramienta de preferencia de la empresa. Y el segundo documento es el “perfil de cargo” con el contenido exigido en la Res. 1843/2025.
Ambas opciones son válidas y como lo mencionaba debe ser documentada en sus procesos, de tal forma que, se minimicen no conformidades en sus SG-SST, certificación de calidad ISO 45001 y den cumplimiento a la Res. 1843/2025.
Esperamos que, este articulo haya sido de tu interés y apoyo para interpretar los nuevos retos que nos trae la Res.1843/2025.
Escrito por:
Viviana Puentes
Adm. De Empresas
Esp. En Gerencia Estratégica de Negocios
Auditor Sistemas Integrados de Gestion
Director General de Superbien Medicina Laboral S.A.S



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